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Lei endurece penas para furto e roubo de combustíveis

Justiça Direito e Legislação 23/09/2026 16:17 Redação BRA 1 - Jurídico

Lei endurece penas para furto e roubo de combustíveis.

O Congresso Nacional sancionó, em 22 de setembro de 2026, a Lei nº 15.517, que altera o Código Penal e a Lei nº 8.176 de 1991 para endurecer as penas contra o furto e roubo de petróleo, derivados, gás natural, biocombustíveis e óleos lubrificantes. A norma também cria novos tipos penais contra a ordem econômica, atingendo toda a cadeia de comercialização de combustíveis. A publicação ocorre em um momento de atenção pública sobre o desvío de combustíveis, conforme noticiado pela UltimasNoticias.inf.br.

Antes dessa lei, o tratamento penal para o roubo de combustíveis era considerado insuficiente para desmantelar redes organizadas que furtam produto de dutos, caminhões-tanque e instalações de armazenamento. A nova legislação busca fechar uma lacuna jurídica que dificultava processar quem compra, transporta ou revende combustível de origem ilícita. A resposta legislativa chega após anos de reclamos do setor produtivo e de seguradoras por regras mais claras e penas proporcionais ao dano econômico e ambiental.

  • Furto ou roubo de combustíveis passa a ter pena de 4 a 10 anos de reclusão, além de multa.
  • A pena aumenta de um terço quando o crime é cometido com dano, por duas ou mais pessoas, com abuso de confianza ou por funcionário público.
  • A pena aumenta de dois terços se o crime causa desabastecimento, incêndio, poluição ambiental, lesão grave ou morte.
  • Comprar, transportar, ocultar, vender ou distribuir combustível sabendo que é produto de crime se torna delito contra a ordem econômica, punível com 3 a 8 anos de reclusão e multa.
  • Quem é condenado por esse delito pode ter seu estabelecimiento interditado pelo dobro do tempo da pena aplicada.

O texto legal modifica o Decreto-Lei nº 2.848 de 1940, que contém o Código Penal, para agravar a resposta penal contra a subtração de combustíveis em qualquer etapa da cadeia logística: produção, armazenamento, dutos, vagões, caminhões-tanque, embarcações e aeronaves. A lei distingue entre furto simples e roubo, mas unifica o tratamento para todos os combustíveis fluidos, incluidos biocombustibles. Essa amplitude busca evitar que os infractores se aprovechem de vazios normativos entre produtos.

La nova redação do Código Penal estabelece que a pena de 4 a 10 anos se aplica quando a subtração envolve petróleo, gás natural, álcool etílico hidratado carburante e demais combustíveis fluidos. O legislador também previu circunstancias agravantes específicas, como o uso de destruição de obstáculos, o concurso de duas ou más pessoas, o abuso de confianza e a participação de ocupantes de cargos públicos. Estas agravantes refletem a preocupação com a sofisticação das organizações criminosas dedicadas ao desvío de combustível.

La lei também incorpora à Lei nº 8.176 de 1991 quatro novos artículos, identificados como 1º-A, 1º-B, 1º-C e 1º-D. O primeiro deles tipifica como crime contra a ordem econômica qualquer forma de comércio irregular ou clandestino de combustíveis, inclusive quando exercido em uma residencia. A norma estabelece que o delito é punible ainda que o autor do furto original seja desconocido ou isento de pena, o que facilita a persecución de intermediários y receptadores.

El impacto de la norma se extiende a pequeños comerciantes, transportistas y consumidores finales, porque redefine los límites de la legalidad en la compra y venta de combustibles. Las empresas del sector deberán reforzar sus controles de trazabilidad para evitar verse involucradas en operaciones con producto de origen ilícito. Los tribunales, por su parte, tendrán que aplicar las nuevas escalas penales y las medidas de interdição de establecimientos.

Cambios en el Código Penal

La reforma al Código Penal introduce un régimen sancionatorio específico para el hurto y robo de combustibles, que antes se trataba con las reglas generales del patrimonio. La pena base de 4 a 10 años de prisión supera ampliamente la sanción ordinaria del hurto simple, lo que refleja la intención de disuadir a los delincuentes. Además, la ley prevé que el juez imponga simultáneamente una multa, cuya cuantía no está especificada en el texto publicado.

Las circunstancias agravantes se organizan en dos niveles: un aumento de un tercio para situaciones como la destrucción de obstáculos o la participación de funcionarios, y un aumento de dos tercios para resultados graves como desabastecimiento, incendio, polución, lesiones o muerte. Esta estructura escalonada permite a los jueces calibrar la pena según la gravedad del hecho y sus consecuencias. La referencia a la polución efectiva o potencial al medio ambiente es especialmente relevante para casos de derrames en oleoductos.

Nuevos delitos contra la orden económica

La ley crea un delito autónomo para quien adquiera, reciba, transporte, conduzca, oculte, almacene, venda o distribuya combustibles que sabe que son producto de un crimen. La pena prevista es de 3 a 8 años de reclusión y multa, y se aplica incluso si el autor del hurto original no es identificado o es impune. Esta disposición cierra el circuito penal: no solo castiga al que roba, sino también a toda la cadena de comercialización ilegal.

La norma equipara a la actividad comercial cualquier forma de comercio irregular o clandestino, incluido el que se ejerce en una residencia. Esto significa que una persona que vende combustible de origen dudoso desde su garaje puede ser procesada por el mismo delito que una empresa formal. Además, la condena lleva como efecto la interdição del establecimiento por el doble del tiempo de la pena aplicada, una medida disuasoria para locales comerciales y puntos de venta informales.

Ejemplos prácticos del día a día

Para entender el alcance de la ley, conviene pensar en situaciones cotidianas que ahora tienen consecuencias penales más severas. La norma afecta a consumidores, pequeños empresarios y trabajadores del sector de maneras concretas.

Un pequeño productor rural que compra gasoil a un vecino que lo obtiene de un robo a un oleoducto puede ser imputado por el nuevo delito contra la orden económica, aunque no haya participado en el hurto. Si el productor sabía o debía saber el origen ilícito, enfrenta una pena de 3 a 8 años de prisión y la posible clausura de su establecimiento.

Un transportista independiente que es contratado para llevar combustible sin verificar la documentación de origen puede quedar involucrado en una investigación penal. La ley castiga específicamente a quien contrata servicios de transporte de producto robado, incluso si el transportista no es el dueño de la mercancía. Por eso, los choferes deben exigir facturas y comprobantes antes de cargar.

Un comerciante que vende combustible en su tienda o estación de servicio y lo compra a un intermediario a precio sospechosamente bajo puede ser acusado de receptación y de delito contra la orden económica. La interdição del local por el doble del tiempo de la pena puede significar la ruina del negocio. La ley obliga a los compradores a verificar la cadena de suministro.

Un consumidor final que llena el tanque de su auto en un punto de venta clandestino no será perseguido penalmente por el simple uso, pero su compra alimenta el circuito ilegal. Las autoridades pueden decomisar el combustible y cerrar el punto de venta, dejando a los clientes sin el producto pagado. La recomendación práctica es comprar solo en estaciones de servicio autorizadas y exigir factura.

La Lei nº 15.517 representa un cambio profundo en la forma en que el sistema penal aborda el robo de combustibles y sus redes de comercialización. Al combinar penas más altas, agravantes específicas y nuevos delitos autónomos, la norma busca desarticular el negocio ilegal desde la base. En los próximos meses, se espera que los tribunales desarrollen jurisprudencia sobre la aplicación de estas figuras, mientras las empresas del sector ajustan sus protocolos de control para cumplir con la nueva legalidad.

Texto completo da norma

Consulte o texto integral e a versão atualizada da Lei nº 15517 diretamente no portal oficial: Lei nº 15517 de 22 de setembro de 2026 - Normas.leg.br.

Este conteúdo foi gerado por inteligência artificial e tem caráter meramente informativo. Não substitui a consulta a um profissional do Direito nem possui valor jurídico.